Última noticia publicada por la archidiócesis el 9 de noviembre de 2020
La Misas y toda la actividad parroquial sigue sin variación por la última publicación de Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.


Recordamos las normas publicadas por nuestra archidiócesis en julio, relacionadas con el COVID-19 dentro de nuestros templos: https://www.archisevilla.org/la-archidiocesis-de-sevilla-establece-la-normativa-aplicable-en-las-celebraciones-religiosas-y-reuniones-en-templos/

Anexamos también las Ordenes de 16 de agosto y 29 de septiembre de 2020, publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en respuesta a la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19:
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/559/2
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/551/1


Según la indicación del decreto arzobispal mencionado, las NORMAS BÁSICAS PARA ASISTIR A LAS CELEBRACIONES en nuestra parroquia son:

ANTES DE ENTRAR AL TEMPLO

Lávate las manos antes de entrar al templo y antes de la comunión. Trae el gel de casa.

Usa en todo momento la mascarilla. Bájatela sólo para la comunión. Su uso es obligatorio.

DENTRO DEL TEMPLO

República Dominicana: protocolo de asistencia a Misa en la desescalada -  Vatican News


Siéntate sólo en los lugares señalados o en las sillas. No te muevas de tu sitio.

Respeta en todo momento la distancia de seguridad, en los bancos y en la fila de la comunión.

Procura no apoyar nada en los bancos ni tocarlos con las manos.

Haz caso a las indicaciones del equipo de voluntarios y parroquial.

AL SALIR

Hazlo ordenadamente y respetando las distancias.

No hagas corrillos ni dentro ni fuera de la iglesia. Respeta el silencio y la distancia dentro de la iglesia.

Y POR ÚLTIMO

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Cruz cristiana - Wikipedia, la enciclopedia libre

Recuerda venir con tiempo para colocarte correctamente, y como detalle de cortesía con el Señor.

El confesionario está en la sala frente al despacho de Cáritas.


La Archidiócesis de Sevilla hizo público el pasado mes de julio el decreto firmado por el Arzobispo con las normas de aplicación una vez pasado “el estado de alarma”. La medida más destacada es el cese de la dispensa de la asistencia a la celebración dominical y demás fiestas de precepto, “recordando que cuando concurran causas graves este precepto no obliga, aunque se recomienda vivamente que en esos casos estas personas dediquen un tiempo oportuno a la oración personal o en familia”.

Para la promulgación de esta normativa se ha atendido a la recomendación de la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal Española, y se ha consultado a la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, autoridad civil competente para el ámbito de la comunidad autónoma andaluza.

En el decreto se habilita al párroco, o responsable del templo, para establecer medidas concretas para el mantenimiento de la distancia interpersonal determinada por las disposiciones civiles pertinentes, debiéndose indicar a la entrada del templo el aforo máximo permitido, siendo obligatorio el uso de mascarilla cuando corresponda según las citadas disposiciones civiles. Asimismo, se deberá ofrecer gel hidroalcohólico o algún desinfectante general a la entrada y salida, colocando dispensadores en un lugar visible, y se seguirán las medidas generales de limpieza y desinfección de los lugares de culto y objetos sagrados.

Puede ver el texto íntegro del decreto en el siguiente enlace:

Decreto firmado por nuestro arzobispo, sobre el culto tras el estado de alarma (17-7-2020) (.pdf)


Orden de 16 de agosto de 2020, por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2020, para implementar en la Comunidad Autónoma de Andalucía actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19. (16-8-2020) (.pdf)


Orden de 29 de septiembre de 2020, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en localidades o parte de las mismas donde se haya acordado restricción a la movilidad de la población de una localidad o parte de la misma. (29-9-2020) (.pdf)

 

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